26 jun 2025 , 06:13

Alias Fito capturado: esto debe pasar para que el cabecilla de Los Choneros sea extraditado a Estados Unidos

Para la extradición de alias Fito se necesitará de la intervención de la Embajada de Estados Unidos, la Corte Nacional de Justicia y la Presidencia. Después de la consulta popular de 2024 se permite este proceso.

   

A las 17:56 del miércoles 25 de junio, el presidente Daniel Noboa confirmó mediante redes sociales la captura de José Adolfo Macías Villamar, alias Fito, por parte del Bloque de Seguridad, en Manabí.

"Hemos hecho nuestra parte para proceder a la extradición de Fito a los Estados Unidos, estamos a la espera de su respuesta", expresó el mandatario. Pero, ¿qué debe pasar para que el máximo cabecilla de Los Choneros llegue a territorio norteamericano?

Después del referendo y consulta popular de 2024, los ecuatorianos aprobaron cambiar el artículo 79 de la Constitución para que un ecuatoriano pueda ser extraditado por delitos que también estén descritos en la legislación ecuatoriana, con la condición de no aplicarse la pena de muerte "y otras inhumanas, crueles o degradantes".

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El primer paso de este proceso, denominado extradición pasiva, es que debe haber una solicitud de la Embajada de los Estados Unidos en Ecuador, para la cual se necesita que una orden de captura esté vigente.

Aquella disposición de detención fue emitida por la jueza Peggy Kuo, de la Corte Federal de Brooklyn, después que en abril del 2025 la Fiscalía del Distrito Este de Nueva York imputara a alias Fito de siete cargos:

  • Conspiración para la distribución internacional de cocaína
  • Contrabando de armas de fuego
  • Conspiración para la compra fraudulenta de armas de fuego
  • Uso de armas de fuego para el tráfico de drogas
  • Y tres casos de tráfico de cocaína entre noviembre de 2024 y febrero de 2025
  • Esto implica que alias Fito podría enfrentar una condena en Estados Unidos de 10 años de prisión pero podría escalar a una cadena perpetua, según la Fiscalía de Nueva York.

    Una vez recibida la solicitud de la Embajada de EE. UU., que debe tramitarse mediante la Cancillería, el presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ, José Suing, evaluará si la petición cumple con la norma ecuatoriana.

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    Después viene el proceso descrito en la Ley de Extradición: debe instalarse una audiencia en el que alias Fito deberá responder si consiente a ser extraditado. Si esto no ocurre, se debe proceder a un auto de procesamiento, en el que la Fiscalía General del Estado deberá representar los cargos presentados por Estados Unidos, mientras Macías Villamar podrá defenderse con un abogado.

    Sin embargo, aunque el presidente de la Corte Nacional de Justicia de paso al proceso, esta decisión puede ser apelada ante la Sala de lo Penal de la CNJ.

    Si este tribunal niega el recurso, se podrá desarrollar una audiencia oral donde intervendrá la defensa de alias Fito, la Fiscalía General y podrá pronunciarse un representante de Estados Unidos. Tres días después de esa diligencia, el juez deberá emitir una sentencia concediendo o negando la extradición.

    Aquel dictamen también podrá ser apelado ante la Sala Penal de la CNJ. Si se niega aquella pretensión, el caso llegará a manos del Presidente de la República para firmar esta extradición.

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    Sin embargo, de acuerdo a declaraciones realizadas por Suing sobre cómo debe llevarse este proceso, para que un ecuatoriano pueda ser extraditado primero debe cumplir su pena en Ecuador; y alias Fito tiene aún 23 años de cumplir de su condena de 34 años por dos asesinatos, además que está procesado por fugarse de la cárcel Regional en 2024.

    Actualmente se está llevando a cabo el primer caso de extradición contra un ecuatoriano para que sea llevado a Estados Unidos. Luis Gonzalo H. CH. es acusado en una Corte de Minneapolis de violación sexual y fue detenido en Macas el 5 de febrero de 2025.

    De acuerdo al sistema judicial, la Embajada de Estados Unidos envió su solicitud de extradición el 24 de febrero, y desde entonces, el caso se ha tramitado, realizándose cuatro audiencias, manejadas tanto por el presidente José Suing y el tribunal Sala Penal de la CNJ, ante las apelaciones del procesado.

    En ese caso aún no se desarrolla la audiencia que conllevaría a una sentencia de extradición. Es decir, después de cuatro meses de ser detenido, no ha podido ser trasladado a la nación norteamericana.

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